El pasado 9 de mayo se ponía fin al Estado de Alarma en un entorno de cierta incertidumbre en cuanto a las restricciones y condiciones en las que podemos realizar nuestra vida laboral, social, en general, nuestras actividades deportivas en particular. Durante los días previos y posteriores a este hecho hemos sido testigos de la vuelta de los eventos deportivos con público, como ha sido el caso de Mutua Open de Madrid o la última jornada de la Liga de Fútbol Profesional, eventos con restricciones de aforo, entre otras medidas.

De forma paralela se ha alcanzado la cifra del 30% de la población en España con al menos una dosis de da la vacuna contra la COVID-19.

Este nuevo contexto, ¿qué cambios produce en el sector fitness la salida del Estado de Alarma? En cuanto al funcionamiento en sí… no hay cambios sustanciales. 

Para entender quién regula las restricciones y medidas de prevención sanitarias, nuevamente, debemos de acudir a nuestra Ley Superior: La Constitución Española. Y, nuevamente, es en el artículo 43 de la misma donde encontramos la repuesta:

“1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.”

En Sanidad, como en otros ámbitos de actuación, las competencias están repartidas entre el Estado y las Comunidades Autónomas siendo estas últimas las responsables de publicar de forma periódica, vía Boletín Oficial de cada autonomía, las medidas de prevención y contención del COVID-19. 

Existen 19 Consejerías de Sanidad, una para cada autonomía más las dos correspondientes a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, ¿esto hace que existan 19 órdenes diferentes para la gestión y regulación de la pandemia? Sí ¿Y el Estado? La respuesta: Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Esta Ley se publicó en previsión de la salida de Estado de Alarma y en cumplimiento con el Plan para la Transición hacia una Nueva Normalidad, aprobado en el Consejo de Ministros el 28 de abril de 2020, con el fin de promover y asegurar una desescalada de las medidas de prevención de forma gradual, coordinada con las Comunidades Autónomas y en consonancia con los datos epidemiológicos.

Si atendemos al CAPITULO II de la Ley 2/2021 obtenemos una serie de medidas de prevención (artículos 6 al 16) comunes a todo el territorio nacional tales como son el uso de mascarilla tanto es espacios cerrados como abiertos, con las excepciones indicadas, el distanciamiento social de un metro y medio y los protocolos y medidas de higiene en centros de trabajo (desinfección, ventilación, evitar aglomeraciones, entre otros).

¿Qué cuestiones puede plantear el usuario e, incluso el personal de nuestros centros deportivos y centros fitness? Algunas podrían ir en la línea del cumplimiento de las medidas una vez se haya recibido la vacuna contra el COVID-19 “Ya no tengo que usar mascarilla, ¿verdad? Me he vacunado”, puede ser una de las situaciones más frecuentes a la que tengamos que hacer frente próximamente.

Podríamos entrar en un debate sobre la conveniencia del uso de las mascarillas, sabiendo que podemos encontrar información basada en estudios que desaconsejan su uso durante el entrenamiento. 

También lo podríamos hacer sobre la relajación de las medidas en personas vacunadas, si nos hacemos eco del grado de inmunización conseguido incluso con una sola dosis. 

Quizás podríamos explicar que la vacuna no impide el contagio y transmisión del virus.

Y hacer todo esto sería… un error por nuestra parte: acudamos a la legislación.

El cumplimiento de la Ley y la normativa vigente está por encima del debate individual y de nuestra perspectiva sobre qué medidas y decisiones tomar para afrontar la situación sanitaria actual, incluso, cuando podamos fundamentarnos en estudios de investigación de calidad.

En una situación de exceso de información, simplifiquemos nuestro día a día haciendo referencia a los documentos oficiales.

Dejarnos llevar por las ganas de que la situación termine, relajar las medidas y no ser rigurosos con las medidas actuales, en general, las de cada Comunidad Autónoma en particular, podría ser un grave error y “echar por tierra” un gran trabajo y esfuerzo realizado en nuestro sector. Un sector que ha conseguido ofrecer espacios de práctica de ejercicio físico y deporte seguros, Para visualizar el éxito de nuestro sector en este aspecto, podemos tomar como referencia los datos publicados por la organización EuropeActive. Los casos de contagios por COVID-19 en el entorno de los centros fitness en España, entre los meses de mayo y octubre de 2020 fueron 129 para un total de 7.280.189 accesos. Un porcentaje menor al 0’1%.

Enhorabuena al sector por el gran trabajo y continuemos por este camino.

Ya queda menos.

 Acceso al listado de Consejerías de Sanidad y sus correspondientes páginas web:

Carla Belén Gutiérrez Sánchez
Colegiada 55383- COPLEF Madrid

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