Armonización entre “nuevas tecnologías” y derechos de las personas – Análisis tras nueva multa de 365.000€ por el uso de datos biométricos

Armonización entre “nuevas tecnologías” y derechos de las personas – Análisis tras nueva multa de 365.000€ por el uso de datos biométricos

Tras la noticia de la sanción de 27.000€ a un gimnasio el pasado mes de febrero por parte de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), ahora conocemos en este mes de abril, la nueva sanción a una empresa por parte del mismo organismo estatal y por el mismo motivo, pero en esta ocasión por un importe de 365.000€. La causa: hacer identificarse para acceder a un lugar mediante un sistema de lectura biométrica de la huella dactilar. En el caso del gimnasio a los socios, y en el caso de la empresa a sus empleados.  El efecto: Infracción en materia de protección de datos personales. Las consecuencias: Sanciones económicas. José Luis Gómez Calvo, analista de riesgos y experto en seguridad de instalaciones y actividades deportivas analiza la situación.

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (VI)(Infracciones y sanciones en materia de seguridad)

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (VI) (Infracciones y sanciones en materia de seguridad)

En este artículo, sobre Infracciones y sanciones en materia de seguridad, se ha tratado de extraer aquellos contenidos de la Ley, que referidos a la seguridad, pueden ser de aplicación al ámbito de las actividades que principalmente, aunque no únicamente, se realizan en gimnasios, centros deportivos y piscinas, y que son la mejora de la condición física, psíquica o emocional, la adquisición de hábitos deportivos saludables y la ocupación activa del tiempo de ocio.

Deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. - La seguridad en la nueva Ley del Deporte (V)

Deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. – La seguridad en la nueva Ley del Deporte (V)

Para tratar el tema de los deberes del personal técnico deportivo en materia de seguridad, dentro del marco de la ley 39/2022, de 30 de diciembre del Deporte, parece oportuno recordar lo que la citada ley en su artículo 38.1 considera como personal técnico deportivo y es lo siguiente: “Aquellas personas, entrenadores o entrenadoras, que dispongan de la titulación oficial de las enseñanzas deportivas de régimen especial o equivalentes de conformidad con la legislación vigente”.

Derechos y deberes de las personas deportistas en gimnasios, centros deportivos y piscinas - La seguridad en la nueva Ley del Deporte (IV)

Derechos y deberes de las personas deportistas en gimnasios, centros deportivos y piscinas – La seguridad en la nueva Ley del Deporte (IV)

Cuando hablamos de las personas deportistas en gimnasios, centros deportivos y piscinas, lo primero que hay que considerar es que dichas personas son usuarios de los servicios deportivos que prestan las empresas públicas o privadas del sector físico-deportivo. Esa primera consideración nos lleva a que los mencionados servicios deportivos deben prestarse teniendo en cuenta la satisfacción del cliente como uno de los elementos fundamentales de calidad. Ahora bien, la relación prestatario-usuario, si bien tiene la direccionalidad que va de quien presta un servicio a quien lo recibe, no es menos cierto que quien lo recibe, debe hacerlo en el marco de la relación derechos-obligaciones.

La práctica deportiva de los menores de edad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. La seguridad en la nueva Ley del Deporte (III)

La práctica deportiva de los menores de edad, en gimnasios, centros deportivos y piscinas. La seguridad en la nueva Ley del Deporte (III)

Es un deber el proporcionar una prestación de servicios para el ejercicio físico; la salud, el ocio deportivo, y la práctica de actividad física, en este caso para los menores, en condiciones idóneas de seguridad. La actividad del sector de centros deportivos, gimnasios y piscinas, que tiene por objeto la oferta y prestación de servicios relacionados con, el ejercicio físico y la salud, el ocio deportivo y la práctica de actividad física.

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (II). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

La seguridad en la nueva Ley del Deporte (II). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

Las empresas vendrán obligadas a responder por los daños que, en relación con la organización o como consecuencia de la celebración del espectáculo o la realización de la actividad, se produzcan a los que en él participen o lo presencien, o a otras personas, siempre que los mismos les sean imputables, por imprevisión, negligencia o incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento y sin que el aseguramiento obligatorio de los mismos pueda excluir el carácter principal y solidario de su responsabilidad.

La seguridad en la nueva Ley del Deporte de España (I). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

La seguridad en la nueva Ley del Deporte de España (I). Aspectos generales aplicables a gimnasios, centros deportivos y piscinas

Tras treinta y dos años en vigor, la Ley del Deporte 19/1990, ha sido sustituida por una nueva, la Ley 39/2022, que ha entrado en vigor el día 1 de enero de este año 2023. Mucho se ha escrito ya sobre el contenido de la nueva ley, y mucho más se seguirá escribiendo en los días y meses venideros, pero en la serie que iniciamos con este artículo, queremos abordar el análisis de la seguridad dentro de la nueva Ley del Deporte, en lo que es de aplicación, en el ámbito de los gimnasios, centros deportivos y piscinas en España.

Cáncer de mama y ejercicio físico - Estrategia para reducir la fatiga física

Cáncer de mama y ejercicio físico – Estrategia para reducir la fatiga física

El cáncer de mama está asociado a multitud de comorbilidades que afectan directamente a la salud y calidad de vida de las pacientes. Una de esas comorbilidades es la fatiga, la cual afecta a la calidad de vida, la función física y el regreso al trabajo. Los trabajos científicos han informado que más del 90% de las pacientes expresan padecer fatiga crónica relacionada con el cáncer después de su diagnóstico y puede persistir durante años después del tratamiento. Además, esta fatiga crónica también puede ser un factor de riesgo para reducir la probabilidad de supervivencia.

Calidad y gestión de concurrencia (2): Requisitos, información y control de accesos

El control de accesos es un componente fundamental para la seguridad en el interior de los recintos, espacios y locales deportivos. Es el primer filtro de seguridad y con el se consigue en un porcentaje muy elevado disponer de condiciones seguras que posibiliten el normal desarrollo de las actividades, y la tranquilidad, confianza y bienestar de los usuarios y clientes de nuestros centros deportivos, gimnasios y piscinas.

Calidad y gestión de concurrencia (3): Requisitos, Información y Control de Permanencia

El control de permanencia no debe entenderse solo como la comprobación del cumplimiento de los requisitos a los que esté condicionada dicha permanencia, sino también como un medio para obtener datos de las preferencias, hábitos, desplazamientos, tiempo de utilización y respuesta por parte de los usuarios, a reclamos publicitarios en puntos de información mediante pantallas de visualización.